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lunes, 28 de junio de 2010

Policia Municipal, la base de la Prevencion y Atencion primaria.






Dentro de los debates de mejora o reforma de nuestro sistema de Seguridad Publica es necesario apuntar el norte a seguir según lo requerido y lo cual va resolviendo las necesidades de la Población y Ciudadanos:

1. Desde hace años lo que se pretende es la coordinación entre los Cuerpos Policiales Locales y Nacionales, sin embargo hay que tener presente la autonomía garantizada para los Municipios en nuestra Carta Magna, la autonomía en si no significa desorden o problemas, en Cantones como Garabito se ha logrado paso a paso coordinar esfuerzos entre los Cuerpos Policiales, producto de ello se ha bajado sensiblemente los índices de comisión de delitos hasta en 12% anual, esto solo fue una muestra y la cual nos dice desde la estadística que en efecto los Cuerpos de Policía Municipales están llamados a ser la “base” primaria para la atención y prevención de infracciones a nuestro Marco Jurídico en general, con área primaria en asuntos Municipales, dicho de otra forma el Proyecto de Distritalizacion promovida por el MSP debe ser aplicado a nivel Municipal, son estos Policías los que deben ver en forma primaria los barrios, comunidades y los eventos de ellos, esto NO significa que la Fuerza Pública y Transito pierdan área de acción o jurisdicción, al contrario esto los reforzara para poder atender las necesidades nacionales y comunales, existen muchas situaciones que por el sui generis no se puede mantener un número de agentes para poder atender el evento y ahí es donde la importancia de la Fuerza Pública y el Transito radica, estos Cuerpos Administrativos podrán vigilar y atender necesidades más macro o locales según las necesidades de recursos.

lunes, 21 de junio de 2010

Otros Aspectos para tomar en cuenta a la hora de formar Policia Municipales


Desde el inicio de la Administración Chinchilla se inicio un proceso de planificación de nuestra Seguridad Nacional como Política de Estado, es en realidad un asunto que se había atrasado por muchos años, sus propuestas eventualmente serán puestas en conocimiento de todos.
Anteriormente expuse una pequeña parte del principio de legalidad que fundamenta estos Cuerpos de Policía Administrativo, les recuerdo los más importantes:
1. Reglamento Interno de la Unidad o Departamento de Policía Municipal, antes de entrar en funcionamiento, el cual mínimo debe contener:
a. Dependencia directa del Alcalde (sa).
b. Integración de puestos anteriores al nuevo Departamento, por ejemplo: Seguridad Interna.
c. Los Pluses y porcentajes mínimos a considerar son: Riesgo Policial un 18%, Disponibilidad un 25%(artículo 90, ley 7410).
d. Procedimientos Disciplinarios y de Premiación.
e. Integración del Consejo Municipal en cuanto al desempeño de la Unidad o Departamento.
2. Manual de Puestos & Nomenclaturas, se debe recordar que en el caso de creación de la Unidad o Departamento se debe realizar un estudio de Creación de Plazas, es importante recordar que aunque el Código Municipal dispone el ver el manual de referencia de la UNGL, lamentablemente esta Organización no tiene Nomenclaturas de Policías Municipales, ante esto se debe tener en cuenta que el régimen laboral Policial observa Principios y lineamientos muy diferentes al resto de puestos de la gestión de la Administración del Estado, por lo que se debe evitar enlazar las plazas de Policía Municipal con el resto de la Administración Municipal.
3. Un estudio previo de Objetivos, Prioridades, Misión, Políticas, esto con el fin de definir si se desea ser de 24 horas o atención parcial, sin embargo recordemos que uno de los objetivos prioritarios es la vigilancia de patentados, ante esta realidad si el Municipio tiene Patentes de 24 horas o hasta las 2:30 am, debería haber por lo menos una pareja expectante y que de forma regular vigile el cumplimiento de la normativa aplicable.