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viernes, 20 de agosto de 2010

Publicacion del Ultimo Texto del Proyecto 17230



El dia 19 de Agosto se publico en el Diario Oficial la Gaceta el ultimo Texto del Proyecto 17230, Proyecto de Ley de Fortalecimiento de la Policia Municipal, de este Proyecto por criterio de poportunidad e importancia solo se le quieren realizar maximo 10 observaciones que pueden derivar en mociones via articulo 137 del reglamento interno de la Asamblea Legislativa, hasta el momento nuestras observaciones son:
1. Procedimientos Disciplinarios: a fin de evitar "amiguismos" o simpatias que generen acciones u omisiones en favorecimiento ilicito, lo cual es muy dificil debido a la normativa actual, el Concejo Municipal se convertiria en la segunda instancia disciplinaria (en lugar de elevarlo al laboral o contencioso) de los Policias Municipales.
2. Reforma del Articulo 9 de la ley 7794, Codigo Municipal: Al respecto redefine la capacidad Municipal de realizar y ejecutar Convenios y/o Acuerdos entre Instituciones Publicas, dichos convenios pueden incluir: Prestamos de equipo, materiales, recursos, animales, otros; Alquileres de Equipo, animales, inmuebles, vehiculos; Donacion o Venta de servicios como monitoreo de alarmas, camaras, call center, otros, tambien digamos de vehiculos, animales, otros; Alquiler, construccion y/o uso compartido de instalaciones, centros de capacitacion, edificios, usufructos, etc.
Sobre este punto quisiera explicarlo con formas de hacerlo: otra mocion es para la inclusion al 911 y se toma la decision de trasladar los servicios de atencion de llamadas, de monitoreo gps de las unidades, bien ahora mediante un convenio se le puede retribuir al 911 los costos que generen esa atencion, en el caso de la capacitacion: de la escuela de Policia, se realiza un convenio y se les reconoce economicamente el costo, en el caso de edificios de uso compartido: habilitaria la posibilidad a Policia Municipal de realizar acuerdos con Fuerza Publica, Guardacostas, Migracion, etc, de usar una misma instalacion y compartir sus costos de operacion.

3. Incorpora Policia Muicipal a la red 911.

4. Reforma de la Ley de Zona Maritimo Terrestre, articulo 59: actualmente los recursos generados por las concesiones se dividen en: 20% para el pago de mejoras, 40% mejoramiento de las zonas turisticas, gastos administrativos y un 40% obras en el canton, nuestra pretension seria que el 40% de mejoras al canton se traslade a Policia Muinicipal (si la hay) y se utilice en servicios de proteccion de la zona martimo terrestre, ademas de que se implemente los servicios de Prevencion & Rescate Acuatico.

5. Impuestos sobre bienes Inmuebles: se deja un margen de incremento en los impuestos a las propiedades, este impuesto debe ser justificado e inclusive consultado a los habitantes, el margen propuesto es del 0.015%, de ahi la Administracion mediante consulta y justificacion deciden cuanto se necesita.

6. Impuesto a las Patentes: se define el margen del porcentaje que deberian pagar los patentados, esto seria hasta mil colones por millon de ingresos brutos (los ingresos brutos menos el 13% es el monto que se usa), se define por tipo y tamaño del negocio, asi como su posible impacto social ( no es lo mismo una cantina que un salon de belleza).

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